
jueves, 28 de enero de 2010
ARCHIVO Y CONSERVACION DE DOCUMENTOS

ARCHIVO
Conjunto de documentos, sea cual fuera su fecha a, su forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o institución pública o privada, en el transcurso de su gestión.
CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS
La conservación de los archivos y documentos históricos constituye un reto tecnológico para la ingeniería de CVAR en el cual el primer requerimiento consiste en proveer soluciones funcionales que operen uniformemente por décadas, ya que allí se mantienen las referencias históricas de las naciones. En razón de estas exigencias, el gobierno colombiano ha reglamentado su manejo y operación.
VARIABLES AMBIENTALES Y TÉCNICAS
Las variables ambientales críticas para asegurar una adecuada conservación de documentos archivísticos son: temperatura, humedad relativa, ventilación, contaminantes atmosféricos e iluminación.

Resulta de particular importancia el hecho de resaltar los bajos niveles de carga térmica y de humedad que se presentan por lo general en estas áreas, por lo que se debe mantener y cumplir con la exigencia de mantener mínimos cambios sicrométricos en el tiempo. Este requerimiento constituye la base de
una óptima instalación.
VENTILACIÓN
Se debe garantizar la renovación continua y permanente del aire de una a dos veces por hora, la que se debe definir de acuerdo con las condiciones ambientales internas, debiéndose poner especial atención en la disposición de los documentos en los estantes ya que deberá permitir una adecuada ventilación a través de ellos.
Además, el sistema de aire acondicionado debe contar con medios de filtración de aire para retener partículas sólidas y contaminantes atmosféricas
provenientes del exterior.
ILUMINACIÓN EN DEPÓSITOS
Estas son algunas de las recomendaciones relacionadas con las soluciones de iluminación en depósitos:
• Para radiación visible lumínica, se deben asegurar niveles superiores a 100 lux.
• Para radiación ultravioleta, el mínimo debe de iluminación debe ser 70 uw/lumen.
• Se debe evitar la incidencia de la luz directa sobre documentación y contenedores.
• Se podrá emplear luz fluorescente de baja intensidad y filtros ultravioleta.
• En techos se debe emplear luz fluorescente con filtros ultravioleta.
• Los balastos no deben estar en el interior de los depósitos.
MANTENIMIENTO
Conjunto de documentos, sea cual fuera su fecha a, su forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o institución pública o privada, en el transcurso de su gestión.
CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS
La conservación de los archivos y documentos históricos constituye un reto tecnológico para la ingeniería de CVAR en el cual el primer requerimiento consiste en proveer soluciones funcionales que operen uniformemente por décadas, ya que allí se mantienen las referencias históricas de las naciones. En razón de estas exigencias, el gobierno colombiano ha reglamentado su manejo y operación.
VARIABLES AMBIENTALES Y TÉCNICAS
Las variables ambientales críticas para asegurar una adecuada conservación de documentos archivísticos son: temperatura, humedad relativa, ventilación, contaminantes atmosféricos e iluminación.

Resulta de particular importancia el hecho de resaltar los bajos niveles de carga térmica y de humedad que se presentan por lo general en estas áreas, por lo que se debe mantener y cumplir con la exigencia de mantener mínimos cambios sicrométricos en el tiempo. Este requerimiento constituye la base de
una óptima instalación.
VENTILACIÓN
Se debe garantizar la renovación continua y permanente del aire de una a dos veces por hora, la que se debe definir de acuerdo con las condiciones ambientales internas, debiéndose poner especial atención en la disposición de los documentos en los estantes ya que deberá permitir una adecuada ventilación a través de ellos.
Además, el sistema de aire acondicionado debe contar con medios de filtración de aire para retener partículas sólidas y contaminantes atmosféricas
provenientes del exterior.
ILUMINACIÓN EN DEPÓSITOS
Estas son algunas de las recomendaciones relacionadas con las soluciones de iluminación en depósitos:
• Para radiación visible lumínica, se deben asegurar niveles superiores a 100 lux.
• Para radiación ultravioleta, el mínimo debe de iluminación debe ser 70 uw/lumen.
• Se debe evitar la incidencia de la luz directa sobre documentación y contenedores.
• Se podrá emplear luz fluorescente de baja intensidad y filtros ultravioleta.
• En techos se debe emplear luz fluorescente con filtros ultravioleta.
• Los balastos no deben estar en el interior de los depósitos.
MANTENIMIENTO
Finalmente, la limpieza de las instalaciones y estantería se debe realizar con productos que no incrementen la humedad ambiental. Para las unidades de conservación se requiere de un programa de limpieza en seco.
BONOS

CONCEPTOS DE BONOS
Son títulos que representan una deuda contraída por una empresa o dependencia gubernamental. En algunos casos la emisión de bonos genera una obligación para el emisor (prestatario) de pagar al inversor (prestamista) flujos de intereses, mediante cupones periódicos o al vencimiento y además la amortización del principal. El cupón puede ser constante (tipo de interés fijo) o variable de acuerdo con algún indicador (tasa de interés variable).
CLASIFICACION DE BONOS
CLASIFICACION DE LOS BONOS DE ACUERDO AL EMISOR:
BONOS PÚBLICOS
Son títulos emitidos por el Estado o por personas jurídicas de derecho público, con la finalidad de financiar inversiones y obtener fondos para cancelar obligaciones contraídas.
Son títulos emitidos por el Estado o por personas jurídicas de derecho público, con la finalidad de financiar inversiones y obtener fondos para cancelar obligaciones contraídas.
DEL GOBIERNO CENTRAL
Son títulos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la dirección General del Tesoro Público, con la finalidad de recaudar fondos para programas de interés nacional. Estos se clasifican en:
A) SIMPLES:
Son títulos que representan una obligación contraída por parte del emisor, el cual debe pagar intereses periódicos y la amortización del principal al vencimiento.
Entre estos podemos mencionar a los
Bonos de Reestructuración Financiera del Sector Productivo:
Son títulos emitidos con la finalidad de refinanciar las deudas a largo plazo del sector financiero y de mejorar la estructura de sus pasivos.
Bonos de Inversión Pública: Son títulos emitidos con la finalidad de captar recursos para financiar inversiones del Estado, teniendo un vencimiento máximo de diez (10) años.
Bonos de Tesorería:
Son títulos emitidos en moneda nacional por el Tesoro Público, extendido al portador y de libre negociabilidad, cuya finalidad es obtener recursos para atender las necesidades transitoria de la Caja del Tesoro. Tienen un vencimiento máximo de siete (7) años.
Bonos “Capitalización banco Central de Reserva del Perú”:
Son títulos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con la finalidad de que el Banco Central de Reserva (BCR) cancele la deuda que mantiene con el Tesoro Público. Esta emisión consta de dos series (A y B), de las cuales solo la serie A es susceptible de negociación. Su vencimiento es como máximo de diez (10) años.
Bonos “Capitalización banco Central de Reserva del Perú”:
Son títulos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con la finalidad de que el Banco Central de Reserva (BCR) cancele la deuda que mantiene con el Tesoro Público. Esta emisión consta de dos series (A y B), de las cuales solo la serie A es susceptible de negociación. Su vencimiento es como máximo de diez (10) años.
TITULOS VALORES

Se denomina titulo-valor a todo documento necesario para el ejercicio del derecho reflejado en el. Para el cumplimiento de la prestación reflejada en el titulo-valor es necesaria su presentación. Esto se debe a la conexión entre derecho y titulo.
Es lo que gráficamente se denomina incorporación del derecho al título, por cuya virtud la circulación y el ejercicio del derecho cartularizado queda ligada a la posesión del documento.
Las propiedades normativas de esta categoría jurídica son: la autonomía, la literalidad y la función legitimadora.
LAS TARJETAS DE CREDITO
Las tarjetas de crédito no pueden clasificarse de títulos-valores, porque aunque llevan la función legitimadora, no tienen las propiedades de literalidad y autonomía. Son un mero titulo de legitimación nominativa, intransferible y de duración limitada.
Su función económica se despliega en tres planos
Actúa como medio de pago
Actúa como instrumento de garantía ya que las facturas son abonadas al vendedor por el emisor
Es un instrumento de crédito. El banco financia las operaciones realizadas con la tarjeta
Las tarjetas de crédito no pueden clasificarse de títulos-valores, porque aunque llevan la función legitimadora, no tienen las propiedades de literalidad y autonomía. Son un mero titulo de legitimación nominativa, intransferible y de duración limitada.
Su función económica se despliega en tres planos
Actúa como medio de pago
Actúa como instrumento de garantía ya que las facturas son abonadas al vendedor por el emisor
Es un instrumento de crédito. El banco financia las operaciones realizadas con la tarjeta
LA LETRA DE CAMBIO
Concepto.
Es un titulo. Valor por cuya virtud la persona que la emite (librador) asume de manera incondicionada la obligación de que una segunda persona (librado) pagara a un tercero (tomador) una cantidad determinada de dinero en el lugar y fecha indicada en el propio título. Aparecen tres posiciones jurídicas distintas:
El librador. Es quien emite el titulo. Se hace responsable de que quien recibe la orden de pago cumplirá frente al beneficiario. Es decir responde del pago cuando el destinatario lo desatienda.
Concepto.
Es un titulo. Valor por cuya virtud la persona que la emite (librador) asume de manera incondicionada la obligación de que una segunda persona (librado) pagara a un tercero (tomador) una cantidad determinada de dinero en el lugar y fecha indicada en el propio título. Aparecen tres posiciones jurídicas distintas:
El librador. Es quien emite el titulo. Se hace responsable de que quien recibe la orden de pago cumplirá frente al beneficiario. Es decir responde del pago cuando el destinatario lo desatienda.
EL CHEQUE

Es un titulo valor por el cual una persona ordena incondicionalmente a un banco que pague a la vista una cantidad. El regimen juridico del cheque presenta muchas similitudes con el de la letra de cambio. La diferencia esta en que el cheque es solo medio de pago. Las caracteristicas basicas del cheque son:
· En el texto habra de figurar la denominacion de cheque en el idioma expresado para su redaccion.
· El cheque es medio de pago por lo que vence a la vista.
· El librado debe ser necesariamente un banco.
· El banco no asume ninguna posicion de obligado cambiario.
· A falta de indicacion especial se reputara lugar de pago el designado junto al banco.
· Si no aparece lugar de libramiento se entendera el del librador.
· Solo puede coincidir librado y librador cuando el cheque se ponga en circulacion entre distintos establecimientos de un mismo librado.
· Si en el chque figurara clausula de intereses se tendra por no escrita.
· La orden de pago es irrevocable mientras no transcurra el plazo fijado para la presentacion.
EL PAGARE
Es un titulo valor por cuya virtud una persona (firmante) se obliga a pagar a otra (beneficiario) una cantidad determinada de dinero en la fecha y lugar indicados en el titulo. El pagare no contiene mandato de pago de ningun tipo, solo promesa de pago realizada por el propio firmante de la cual responde personal y directamente. Habrá de identificarse en el titulo y debera llevar la firma original de quien promete el pago.
CARACTERISTICAS Y PROPOSITOS
DOCUMENTOS DE CREDITO
CHEQUE
Un cheque es un documento bancario en el que una persona autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta sin que sea necesaria su presencia.
Los cheques pueden ser nominales o al portador. En el primer caso, sólo la persona o empresa indicada en el cheque puede cobrarlo. En el segundo, lo puede cobrar cualquiera.
TIPOS DE CHEQUE
CRUZADO:
Cheque nominativo cruzado en su adverso por dos líneas paralelas las cuales indican que ese cheque sólo puede ser cobrado por otra institución de crédito.
Cruzamiento General. Entre líneas no se anota la denominación de ninguna institución de crédito y puede depositarse en cualquier banco.
Cruzamiento Especial. Entre líneas va el nombre de una institución de crédito y solo puede cobrarse por ésta
.
PARA ABONO EN CUENTA.
Cheque nominativo en el que se anota dicha cláusula , que prohíbe al banco el cheque en efectivo y solo puede recibirlo para abono en cuenta.
El cheque no es negociable a partir de la inserción de la cláusula
CERTIFICADO
El librador de un cheque nominativo le solicita al banco librado, al momento de expedir el cheque que lo certifique, declarando que existen fondos suficientes para cubrir el importe.
Es una anotación del banco en el cheque, firma o por los autorizados para ello.
No es negociable, solo puede endosarse a una institución de crédito para su cobró.
LETRA DE CAMBIO
Es un documento literal que contiene una orden incondicional e pago dada por una persona llamada girado, para que pague a la orden de un tercero llamado beneficiario, cierta cantidad de dinero en la fecha y lugar señalados en el documento
PAGARE:
Documento Literal o Titulo de valor o Instrumento Financiero, documento escrito mediante el cual una persona ( Emisor) Se compromete a pagar a otra persona (El Beneficiario) Una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada.
Los pagares pueden ser al portador o endosables es decir, que se pueden transmitir de un tercero los pagares pueden emitirlos los individuos particulares de empresas o estados.
FACTURA CAMBIARIA
La factura cambiaria de compraventa es un titulo-valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador.
No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador.
Remitiéndonos al significado de titulo valor es considerable recordar los efectos que trae denominación de “titulo-valor” sobre un documento. Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.
Es un documento literal que contiene una orden incondicional e pago dada por una persona llamada girado, para que pague a la orden de un tercero llamado beneficiario, cierta cantidad de dinero en la fecha y lugar señalados en el documento
PAGARE:
Documento Literal o Titulo de valor o Instrumento Financiero, documento escrito mediante el cual una persona ( Emisor) Se compromete a pagar a otra persona (El Beneficiario) Una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada.
Los pagares pueden ser al portador o endosables es decir, que se pueden transmitir de un tercero los pagares pueden emitirlos los individuos particulares de empresas o estados.
FACTURA CAMBIARIA
La factura cambiaria de compraventa es un titulo-valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador.
No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador.
Remitiéndonos al significado de titulo valor es considerable recordar los efectos que trae denominación de “titulo-valor” sobre un documento. Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.
FACTURA
Es un documento tributario de compra y venta que registra la transacción comercial obligatoria y aceptada por ley. Este comprobante tiene para acreditar la venta de mercaderías u otros afectos, porque con ella queda concluida la operación.
Es un documento tributario de compra y venta que registra la transacción comercial obligatoria y aceptada por ley. Este comprobante tiene para acreditar la venta de mercaderías u otros afectos, porque con ella queda concluida la operación.
CARACTERÍSTICAS
La factura conformada tiene las siguientes características:
· Se origina en la compra venta de mercaderías, así como en otras modalidades contractuales de transferencia de la propiedad de bienes susceptibles de ser afectados en prenda, en las que se acuerde el pago diferido del precio;
· El objeto de la compra venta u otras relaciones contractuales antes referidas debe ser mercaderías o bienes de comercio distintos a dinero, no sujetos a registro;
· Los bienes y mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no. No deben estar sujetos a carga o gravamen alguno, salvo al que el titulo representa;
· La conformidad puesta por el comprador o adquiriente en el texto del título se muestra por sí sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o bienes descritos en la Factura Conformada, a su total satisfacción;
La factura conformada tiene las siguientes características:
· Se origina en la compra venta de mercaderías, así como en otras modalidades contractuales de transferencia de la propiedad de bienes susceptibles de ser afectados en prenda, en las que se acuerde el pago diferido del precio;
· El objeto de la compra venta u otras relaciones contractuales antes referidas debe ser mercaderías o bienes de comercio distintos a dinero, no sujetos a registro;
· Los bienes y mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no. No deben estar sujetos a carga o gravamen alguno, salvo al que el titulo representa;
· La conformidad puesta por el comprador o adquiriente en el texto del título se muestra por sí sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o bienes descritos en la Factura Conformada, a su total satisfacción;
CDT
Producto dirigido a ahorradores o inversionistas, clientes o no del Banco que no requieren liquidez inmediata, a través del cual pueden invertir su dinero o recursos de capital, obteniendo un rendimiento durante un plazo previamente convenido.
Con el CDT usted disfruta de los siguientes beneficios:
· Por ser título valor puede ser endosado, negociado o vendido, total o parcialmente en la Bolsa de Valores.
·Obtener atractiva rentabilidad sobre el dinero invertido.
· El monto mínimo para constituir un CDT es de $1.000.000, con plazo mínimo de 30 dí
Producto dirigido a ahorradores o inversionistas, clientes o no del Banco que no requieren liquidez inmediata, a través del cual pueden invertir su dinero o recursos de capital, obteniendo un rendimiento durante un plazo previamente convenido.
Con el CDT usted disfruta de los siguientes beneficios:
· Por ser título valor puede ser endosado, negociado o vendido, total o parcialmente en la Bolsa de Valores.
·Obtener atractiva rentabilidad sobre el dinero invertido.
· El monto mínimo para constituir un CDT es de $1.000.000, con plazo mínimo de 30 dí
Los intereses se pactan en términos de tasa de interés anual, modalidad vencida con una periodicidad de pago mensual, bimestral, trimestral, semestral o anual.
· Al vencimiento del título el CDT puede ser: Cancelado o prorrogado por voluntad del cliente o automáticamente por parte del Banco.
·El título puede ser cancelado en cualquiera de las oficinas del Banco.
· Los intereses pueden ser reclamados en cualquiera de las oficinas del Banco.
· Al vencimiento del título el CDT puede ser: Cancelado o prorrogado por voluntad del cliente o automáticamente por parte del Banco.
·El título puede ser cancelado en cualquiera de las oficinas del Banco.
· Los intereses pueden ser reclamados en cualquiera de las oficinas del Banco.
DOCUMENTOS NO CONTABLES
La Cotización
La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.
Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.
La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.
GUIA DE REMISIÓN
Es un documento que se emplea en el comercio para enviar las mercaderías solicitadas por el clientes según su Nota de Pedido y este se encuentra impreso y embretado, según necesidad de la empresa sirve para que el comercio tenga testimonio de los artículos que han entregado en las condiciones solicitadas y aprobado por el departamento de venta.
Este documento se extiende por duplicado o triplicado según la necesidad de la empresa, por lo general es práctico que sea un talonario con 3 copias una queda en el talonario para la empresa que vende, la otra es entregada al cliente junto con las mercaderías; y la tercera es devuelta con la firma de conformidad del cliente, en el que certifica haber recibido conforme.
Una orden de compra es una solicitud escrita a un proveedor, por determinados artículos a un precio convenido. La solicitud también especifica los términos de pago y de entrega.
La orden de compra es una autorización al proveedor para entregar los artículos y presentar una factura.
Todos los artículos comprados por una compañía deben acompañarse de las órdenes de compra, que se enumeran en serie con el fin de suministrar control sobre su uso. }
Por lo general se incluyen los siguientes aspectos en una orden de compra:
· Nombre impreso y dirección de la compañía que hace el pedido
· Número de orden de compra
· Nombre y dirección del proveedor
· Fecha del pedido y fecha de entrega requerida
· Términos de entrega y de pago
· Cantidad de artículos solicitados
· Número de catálogo
· Descripción
· Precio unitario y total
· Costo de envío, de manejo, de seguro y relacionados. Costo total de la
· Orden
· Firma autorizada
El original se envía al proveedor y las copias usualmente van al departamento de contabilidad para ser registrados en la cuenta por pagar y otra copia para el departamento de compras.
La cotización es darle valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil. También se cotiza el trabajo.
Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de valores.
La primera acepción de este término hace referencia al precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Por otra parte, también se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa, o en los mercados monetarios.
GUIA DE REMISIÓN
Es un documento que se emplea en el comercio para enviar las mercaderías solicitadas por el clientes según su Nota de Pedido y este se encuentra impreso y embretado, según necesidad de la empresa sirve para que el comercio tenga testimonio de los artículos que han entregado en las condiciones solicitadas y aprobado por el departamento de venta.
Este documento se extiende por duplicado o triplicado según la necesidad de la empresa, por lo general es práctico que sea un talonario con 3 copias una queda en el talonario para la empresa que vende, la otra es entregada al cliente junto con las mercaderías; y la tercera es devuelta con la firma de conformidad del cliente, en el que certifica haber recibido conforme.
Una orden de compra es una solicitud escrita a un proveedor, por determinados artículos a un precio convenido. La solicitud también especifica los términos de pago y de entrega.
La orden de compra es una autorización al proveedor para entregar los artículos y presentar una factura.
Todos los artículos comprados por una compañía deben acompañarse de las órdenes de compra, que se enumeran en serie con el fin de suministrar control sobre su uso. }
Por lo general se incluyen los siguientes aspectos en una orden de compra:
· Nombre impreso y dirección de la compañía que hace el pedido
· Número de orden de compra
· Nombre y dirección del proveedor
· Fecha del pedido y fecha de entrega requerida
· Términos de entrega y de pago
· Cantidad de artículos solicitados
· Número de catálogo
· Descripción
· Precio unitario y total
· Costo de envío, de manejo, de seguro y relacionados. Costo total de la
· Orden
· Firma autorizada
El original se envía al proveedor y las copias usualmente van al departamento de contabilidad para ser registrados en la cuenta por pagar y otra copia para el departamento de compras.
DOCUMENTOS CONTABLES

Desde el punto de vista de quién recibe o emite
Los comprobantes externos son aquellos emitidos fuera de la empresa y luego recibidos y conservados en la empresa. Ej.: facturas de compras, recibos de pagos efectuados, etc.
Los comprobantes internos son los documentos emitidos en la empresa que pueden entregarse a terceros o circular en la misma empresa. Ej.: facturas de ventas, recibos por cobranzas, presupuestos, vales.
Documentos que se archivan y generan registración:
Factura
Nota de Débito
Nota de Crédito
Ticket
Recibo
Pagaré
Cheque
Nota de Crédito Bancaria
Documentos que sólo se archivan:
Orden de Compra
Nota de Venta
Remito
Resumen de Cuenta
Orden de compra
Es un documento similar a la nota de pedido, Se utiliza para solicitar mercaderías a un determinado proveedor cuando se encuentran en una misma localidad y el proveedor no envía vendedores para ofrecer el producto.
Es el documento formal que utiliza el departamento de compras para solicitar la mercadería que requiere. Debe ser concreto, claro y específico en lo que se solicita.
Antes de emitir la orden de compra, debe enviarse una solicitud de cotización a cada uno de los proveedores que pueden abastecernos de las mercaderías requeridas las cotizaciones por los proveedores se procederá a emitir la orden de compra a nombre del proveedor elegido.
Factura de crédito
Es un documento que sigue sin aceptación.
Permite fijar una fecha cierta para pago de las facturas que les venden a los hipermercados y otras grandes concentraciones comerciales o cuando son proveedoras de grandes industrias. Esto neutraliza los abusos de posición dominante de las grandes empresas, abusos que han sido sistemáticamente utilizados, por los grandes hipermercados y las grandes concentraciones industriales para obtener de manera desleal una mejor posición competitiva, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas de la producción, de la industria y del comercio, causando graves daños no solo a esos segmentos empresarios sino también a las economías regionales.
Es un instrumento de crédito eficaz, ya que al ser conformadas por grandes empresas son fácilmente negociables en las instituciones financieras permitiendo así el acceso al crédito a un sector empresario al que hoy le esta vedado
Recibo
El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.
Documento en que el acreedor reconoce expresamente haber recibido del deudor dinero u otra cosa a efectos del pago o cumplimiento de la obligación.
Cheque
Un cheque es un documento bancario en el que una persona autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta sin que sea necesaria su presencia.
Es una orden de pago pura y simple (sin condición alguna) librada contra el banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria, o está autorizado para girar en descubierto.
Cheque con talonario.
Cheque con descripción
Los Pagares
Es un título- valor de circulación y aparece como forma impropia del contrato de cambio que contenía intereses.
Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.
A diferencia de la letra de cambio, que es un documento de orden abstracto, el pagaré es un título- valor de origen causal, es decir que en documento se podrá pactar los intereses, puede incluirse la causa que da origen al pagaré, como también podrá incluirse la garantía con la cual se afianza la obligación.
Es por esta razón seguramente, que el pagaré es más utilizado que la letra de cambio, en los bancos e instituciones financieras, por cuanto el propio pagaré podrá pactar los intereses y garantizar la obligación mediante el aval, en otras palabras diremos que es un título- valor más completo que la letra de cambio.
El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.
Letra de cambio
La letra de cambio es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.
La letra de cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas teniendo en cuenta las múltiples relaciones recíprocas entre los individuos.
Dentro de la clasificación de los títulos - valores en causales y abstractos, la letra de cambio viene a ser título - valor abstracto. Con este mismo criterio la letra es un título -valor esencialmente de crédito, es decir, que contiene una operación crediticia que debe satisfacerse mediante el pago de una cantidad de dinero, en un tiempo determinado.
Igualmente la letra de cambio es título- valor a la orden, o sea que se puede transferir mediante endoso; aun cuando no figure la cláusula a la orden, la letra es un documento circulante, por tanto puede tener una serie continuada de endosos.
Es titulo que origina obligaciones solidarias de todos los que han firmado la letra, frente al último tenedor; al igual que participa también de las otras características de los demás títulos- valores.
La principal diferencia entre los títulos - valores causales y abstractos estaría, no en que en ellos se expresa o la causa que les a dado origen; sino en que el título abstracto está desvinculado de la relación subyacente, siendo indiferente que esta relación sea o no mencionada en él, es decir, que la causa devenid no está vinculada ni indicada mientras que en los títulos causales si lo está.
Recibo de compra
Recibo de compra es aquel que se da a la persona o al cliente al momento de haber hecho una compra o al haber cancelado una deuda.
El recibo de compra es que el especifica la compra realizada.
Estado de cuenta
Operación que consiste en determinar el balance de una cuenta. Registro de los asientos de débito o crédito en la cuenta de un cliente durante un espacio de tiempo determinado.
Es el resumen de los cargos y abonos de la tienda virtual y/o del afiliado.
Documento que recibirán periódicamente los trabajadores afiliados a las afores en el que se registrarán los depósitos, los retiros y el saldo de la cuenta individual, así como las comisiones cobradas y los rendimientos obtenidos.
Caja Menuda
La caja menuda es un dinero que se guarda y que solo se utiliza en caso de urgencia o en el momento que no halla fondo.
Nota de crédito
La Nota de Crédito será emitida al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobante de pago emitidas con anterioridad. Específicamente para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.
CARTA DE CREDITO
La carta de crédito es un documento utilizado como instrumento para realizar intercambios entre personas, principalmente en el comercio exterior, aunque éste no es su único uso.
Las partes necesarias en una transacción llevada a cabo usando una carta de crédito son: El comprador u ordenante del crédito, el cual solicita la apertura de un crédito; el vendedor o beneficiario del crédito, quien ha de cumplir con la obligación de entregar la mercancía en los términos acordados; el banco emisor de la carta de crédito, así como otros bancos que se encargan de entregar el dinero al beneficiario, de notificarle el crédito a su favor, etc.
Las partes necesarias en una transacción llevada a cabo usando una carta de crédito son: El comprador u ordenante del crédito, el cual solicita la apertura de un crédito; el vendedor o beneficiario del crédito, quien ha de cumplir con la obligación de entregar la mercancía en los términos acordados; el banco emisor de la carta de crédito, así como otros bancos que se encargan de entregar el dinero al beneficiario, de notificarle el crédito a su favor, etc.
APERTURA DE UNA CUENTA EN DOLARES

Esta cuenta es una excelente opción para dar rentabilidad a su dinero sin perder su disponibilidad. Esta cuenta es el complemento ideal para su cuenta de cheques el monto mínimo de apertura US$.50.00
Devenga intereses
La tasa de interés es variable y creciente de acuerdo al saldo mínimo disponible de la cuenta
Le brinda una tarjeta de débito 5B para uso exclusivo en cajeros automáticos
Puede abrir su cuenta en cualquiera de nuestras agencias o solicitar la visita de un promotor
al teléfono 2338 6565. Si desea contactarnos vía E mail no olvide incluir su nombre y número de teléfono
Requisitos generales:
Formulario de apertura completo y firmado
Fotocopia de cédula de vecindad o pasaporte, completa
Registrar las firmas autorizadas para el manejo de la cuenta
Fotocopia de la Patente de Comercio y Patente de Sociedad
Inscripción NIT
Dar aviso al banco para actualizar cualquier cambio en los datos de su cuenta
Declaración del origen de los fondos depositados
Ingresar a caja el depósito inicial o el valor de la inversión
Declaración del origen de los fondos depositados
Requisitos para Personas Jurídicas y Asociaciones no lucrativas
A las Personas Jurídicas o Asociaciones no Lucrativas les requerimos copia legalizada del punto de acta en que se acuerda la apertura de la cuenta, de la escritura de constitución y de la representación legal vigente con que actúan los solicitantes
Carta de autorización de la empresa, con firma del representante legal indicando las personas que estarán autorizadas para firmar en la cuenta
Depósitos a Plazo: Poseer una cuenta de cheques o ahorros para acreditar los intereses.
Cuenta Respaldo: Seguir el procedimiento de solicitud de préstamo para obtener la línea de crédito.
Cuentas en dólares:
Constancia para confirmar la residencia de todas las personas relacionadas con la cuenta
Declaración del origen de los fondos si superan el monto de US$5,000.00,
Cuentas en dólares Internacional:
Llenar un formulario WAIVER de renuncia al derecho de confidencialidad y privacidad e información similar a la requerida para una solicitud de préstamo.
Dos referencias bancarias y dos comerciales.
Constancia para confirmar la residencia de todas las personas relacionadas con la cuenta
Declaración del origen de los fondos para los depósitos que superen un monto de US$5,000.00
Estados financieros del ultimo ejercicio fiscal auditados preferiblemente
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Seguridad Social: El sistema de seguridad social comprende pensiones, salud y riesgos profesionales.
Pensiones: El sistema cubre los riesgos de invalidéz, vejéz y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales - ISS- que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones.
La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del salario mensual del empleado, de las cuales tres cuartas partes están a cargo del empleador, y una cuarta parte le corresponde al trabajador.
Salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.
Riesgos Profesionales: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.
La totalidad del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios
Pensiones: El sistema cubre los riesgos de invalidéz, vejéz y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales - ISS- que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones.
La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del salario mensual del empleado, de las cuales tres cuartas partes están a cargo del empleador, y una cuarta parte le corresponde al trabajador.
Salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.
Riesgos Profesionales: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.
La totalidad del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios
AVANCE TECNOLOGICO

TEJADOS SOLARES
Dow Chemical está avanzando a toda velocidad en el desarrollo de tejas con células fotovoltaicas incorporadas. El Ministerio de Energía estadounidense ha respaldado la iniciativa de la compañía con un crédito tributario de 17,8 millones dólares, para ayudar a la empresa a poner en marcha una prueba de mercado inicial del producto a finales de este año.
En octubre de 2009, el gigante de la química dio a conocer su producto que puede ser colocado en un tejado por cualquier techador sin la ayuda de electricistas o instaladores especializados en energía solar. Las tejas solares de Dow costarán entre un 30% y un 40% menos que otros materiales de construcción con energía solar incorporada y un 10% menos que los costes combinados de los materiales de los tejados convencionales con paneles solares montados encima. Dow no es la primera compañía en incorporar paneles solares en los materiales de construcción. En los últimos años, varios de los principales fabricantes solares han puesto en marcha pequeñas líneas de tejas, azulejos y esmaltes solares. No obstante, debido a la reciente crisis del sector de la construcción, algunas compañías han vuelto a centrarse en los paneles fotovoltaicos convencionales.
NOTICIA ECONOMICA

Unificación del Plan Obligatorio de Salud (POS)
le podría salir costoso al país, sostiene Fedesarrollo
Si la unificación de los POS contributivo y subsidiado se hace por lo alto, como lo ha dicho el Gobierno, además de estimular la informalidad, tendrá un costo adicional de entre $3 y $5 billones.
Lo anterior, podría generar un déficit fiscal estructural equivalente a 1 por ciento del PIB. Así lo estableció Fedesarrollo al analizar las medidas tomadas por el Gobierno al amparo de la Emergencia Social decretada el 21 de diciembre pasado. Según Roberto Steiner, director ejecutivo, Fedesarrollo comparte el espíritu de la reforma al sistema de salud contemplado en los decretos de la Emergencia Social, pero advirtió que "el diablo está en los detalles".
Si la unificación de los POS contributivo y subsidiado se hace por lo alto, como lo ha dicho el Gobierno, además de estimular la informalidad, tendrá un costo adicional de entre $3 y $5 billones.
Lo anterior, podría generar un déficit fiscal estructural equivalente a 1 por ciento del PIB. Así lo estableció Fedesarrollo al analizar las medidas tomadas por el Gobierno al amparo de la Emergencia Social decretada el 21 de diciembre pasado. Según Roberto Steiner, director ejecutivo, Fedesarrollo comparte el espíritu de la reforma al sistema de salud contemplado en los decretos de la Emergencia Social, pero advirtió que "el diablo está en los detalles".
En el caso del POS, por ejemplo, el director adjunto de la entidad, Mauricio Santamaría, señala que es crucial establecer con claridad hacia dónde va la unificación porque, de ser por lo alto, obligará a que en algún momento se tenga que hablar de recaudos adicionales, vale decir, aumentar impuestos, como el IVA. Por eso, para el directivo, se justifica fijarle límites claros al POS y que éstos sean respetados a cabalidad para evitar abusos.
Steiner y Santamaría criticaron la forma como se investigará la capacidad de pago de los usuarios que acudan al fondo de prestaciones excepcionales (hoy no POS) para ayudar a cubrir los gastos que demande el servicio. Los mecanismos propuestos no son claros, dijeron, y agregaron que esto lleva una duda implícita sobre las bondades del Sisbén, que es el que debería utilizarse en esa tarea.
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